viernes, 16 de noviembre de 2018

Suspensión de Derechos Humanos y Garantías

Actividad de aprendizaje 1

Suspensión de derechos humanos y garantías


Cuando hablamos de suspensión de garantías nos estamos refiriendo al mecanismo especial para la adopción de medidas jurídicas urgentes ante situaciones que amenacen la independencia o seguridad de un Estado. Esta figura contempla la parálisis temporal de algunas instituciones fundamentales del modelo constitucional y la suspensión o restricción de derechos, lo que no conlleva la instauración de un nuevo orden constitucional.


El Artículo 29 constitucional, que a raíz de la reforma en materia de derechos humanos de junio de 2011 presentó cambios relevantes, recoge en México dicha figura. La restricción y suspensión de derechos y garantías es una facultad del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, quien la ejerce con la aprobación del Congreso de la Unión y la supervisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tiene que ser excepcional y contener de manera expresa y puntual los límites formales y materiales a observarse ante una situación de peligro.


link del esquema:
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